El gremio conocido popularmente como «aceiteros» (Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina – FTCIODyARA), acordó con la parte empresaria un aumento salarial a partir de Enero 2024 del 30% a calcularse sobre los salarios de Diciembre 2023.-
De esta forma, el salario basico inicial partirá de $819.383,01 para la categoria «E».
Sumas no remunerativas para Enero, Febrero y Marzo de 2024.-
Asimismo, se pactó el pago de una suma no remunerativa adicional para los meses de enero, febrero y marzo 2024, que partirá para la categoria inicial de los $69.332,41; los importes de las restantes categorias se pueden ver mas abajo en el PDF adjunto.-
Se establece una retención, por única vez, del 40% sobre los aumentos de los salarios de Diciembre 2023 y Enero 2024.
En la claúsula cuarta, se pacta una retención, por única vez, del 40% del incremento destinado a los básicos de cada categoria, que se realizará en dos tramos, una con el salario de Diciembre 2023 y la otra con la remuneración de Enero 2024.
Por último, se contempla que si el Índice de Precios al Consumidor (que mide el INDEC) de Diciembre 2023 refleja valores que lleven la inflación anual de 2023 por encima de esta cifra, se reajustará el valor del salario inicial para Diciembre 2023, y también se reajustará el valor contemplado para el salario inicial de enero 2024.
La proxima revisión del acuerdo será en el mes de Junio 2024.-
El acuerdo salarial y las escalas salariales publicadas por la Federación Aceitera
Suma extraordinaria no remunerativa por el periodo 2023.
Informó la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina (FTCIODyARA), que acordó el pago de una suma extraordinaria, no remunerativa, de $576.863,19, para los trabajadores que hayan prestado servicios entre el 01/01/2023 y el 31/12/2023, en jornada completa.
Se abonará en dos cuotas de $288.431,60, a abonarse antes del 10/01/2024 la primera y del 10/02/2024, la segunda.
En el caso de trabajadores con jornada reducida o que hayan ingresado con posterioridad al primero de enero de 2023 dicha suma será liquidada en forma proporcional.-
Fuente: www.federacionaceitera.com.ar
Foto de Ketut Subiyanto