El nuevo aumento salarial entre la Federación Única de Viajantes (FUVA) y la Asociación Viajantes Vendedores de la Argentina (AVVA) bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 308/75, tiene vigencia desde el 1° de febrero hasta el 30 de abril de 2025.
A través de este nuevo acuerdo, se actualizaron los mínimos garantizados, la suma fija mensual del art. 23 del CCT 308/75, se fijo un viático no remunerativo y continuarán vigentes los aportes solidarios y contribuciones patronales.
💼 Mínimo Garantizado para Viajantes Exclusivos (Art. 16)
Mes | Monto Base (sin antigüedad) |
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Febrero | $655.953,39 |
Marzo | $666.448,64 |
Abril | $676.445,37 |
📌 Importante:
A estos valores se suma un 1% adicional por cada año de antigüedad hasta los 25 años, y un 1,5% por año a partir de ese punto.
💼 Suma Fija Remunerativa Mensual (Art. 23)
Aplicable tanto a viajantes exclusivos, como no exclusivos:
Mes | Monto |
---|---|
Febrero | $65.004,39 |
Marzo | $66.044,46 |
Abril | $67.035,10 |
🚗 Viáticos (Art. 24)
Se establece un viático mensual no remunerativo de $45.000, con rendición obligatoria de comprobantes, válido solo para actividades comerciales incluidas en el Anexo A del acuerdo, que más abajo se acompaña.
🏛️ Aportes y Contribuciones
- Contribución Patronal: $4.000 por cada viajante (exclusivo y no exclusivo), vigente hasta el 31 de agosto de 2025.
- Aporte Solidario: $2.000 por cada viajante (exclusivo y no exclusivo), también vigente hasta el 31 de agosto de 2025.
📆 ¿Cuándo será la próxima paritaria?
Se estableció que este acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de Agosto de 2025, por lo que se estima que las partes deberían reunirse luego de vencida dicha vigencia, sin perjuicio de que se pacto un compromiso de revisión y negociación continua.
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La revisiones salariales publicadas por FUVA, para Febrero 2025 a Abril 2025.
Fuente: www.fuva.org.ar